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B., J. c/ MUTUAL FEDERADA 25 DE JUNIO SOCIEDAD DE PROTECCION RECIPROCA s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo para obtener la cobertura integral de tratamientos oftalmológicos. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que ordenó a la prepaga brindar la cobertura solicitada.

Costas Medicina prepaga Amparo Cobertura de salud Queratocono Queratoplastia Crosslinking corneal


¿Quién es el actor?

J. B.

¿A quién se demanda?

MUTUAL FEDERADA 25 DE JUNIO SOCIEDAD DE PROTECCION RECIPROCA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura integral de queratoplastia lamelar anterior (dlak) con anestesia parabulbar en ojo izquierdo y crosslinking corneal en ojo derecho.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a la prepaga brindar la cobertura integral de las prestaciones indicadas. Fundamentos principales:
- El derecho a la salud es un derecho humano fundamental y goza de máxima protección normativa.
- La información y ofrecimiento de cobertura por parte de la prepaga fue tardío e incumplió con las obligaciones legales establecidas en las leyes 26.682 y 26.689.
- La afiliada no contaba con una alternativa viable de prestador ofrecida por la prepaga dada la urgencia de las intervenciones.
- Correspondía imponer las costas a la demandada vencida por haber obligado a la actora a litigar para obtener el reconocimiento de sus derechos.

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