HIPPOLITO MARIA SOLEDAD C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La sentencia reconoce parcialmente el derecho de la actora a la percepción del subsidio por lesiones en acto de servicio, declara la inconstitucionalidad de ciertos artículos reglamentarios y ordena la reliquidación y pago del beneficio, con ajuste en el cálculo y la prescripción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, policía de la Provincia de Buenos Aires, sufrió una herida en acto de servicio el 18/02/2013, por la cual solicitó el subsidio previsto en la Ley 13.985. La sentencia destacó que la lesión fue calificada como grave y atribuible al servicio, y que la normativa reglamentaria excede las facultades del Poder Ejecutivo, por lo que fue declarada inconstitucional. Se reconoció el derecho a la percepción del subsidio, ajustando su monto según la ley, considerando la antigüedad mínima de 16 años, y se ordenó su reliquidación y pago retroactivo. Se rechazó la excepción de prescripción respecto al período posterior a 28/12/2018, por el efecto interruptivo de la demanda. La sentencia también rechazó los planteos de inconstitucionalidad sobre artículos reglamentarios, por exceder las facultades reglamentarias del Ejecutivo, y ordenó la reliquidación conforme a los parámetros establecidos. La decisión implica que la demandada debe abonar las sumas adeudadas, intereses y costas, y se ajusta el cálculo del beneficio a la normativa y jurisprudencia aplicables.
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