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BRITO OMAR ALBERTO C/ PREVENCION ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Sentencia que condena a la ART por accidente laboral y enfermedad profesional, confirmando la responsabilidad y fijando monto de indemnización y costas.

Recurso de apelacion Indemnizacion Pericia medica Accidente de trabajo Enfermedad profesional Hipoacusia Responsabilidad art Ley 24.557 Exposicion laboral Decreto 658/96.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue presentada por Omar Alberto Brito contra Previsión ART S.A., reclamando indemnización por hipoacusia perceptiva bilateral severa originada en exposición laboral a ruidos en su puesto de trabajo, en el contexto de un accidente de trabajo. La actora sostiene que su exposición a ruidos superiores a 85 decibeles, en un galpón resonante, provocó su pérdida auditiva, que fue confirmada por peritos. La Comisión Médica Jurisdiccional desestimó la etiología laboral, pero la prueba pericial médica en autos concluyó que la daño es laboral, con incapacidad del 35%, y que la patología encuentra sustento en el decreto 658/96. La ART negó la relación laboral y la exposición, pero no logró desvirtuar la pericia médica. El tribunal consideró probada la exposición laboral y la relación causal, condenando a la ART a abonar la suma de $44.471.596,68, con intereses, por la incapacidad del 35% y la enfermedad profesional. Se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad planteados por la parte actora. La sentencia también impuso costas y reguló honorarios. FUNDAMENTOS: El tribunal valoró la prueba pericial, que concluyó que el trabajador estuvo expuesto a ruidos en su puesto laboral, que superan los niveles autorizados, sin que la ART haya presentado mediciones de ruido o medidas preventivas. La pericia médica indicó que la hipoacusia es una enfermedad profesional reconocida en el decreto 658/96, con una incapacidad del 35%. La resolución de la Comisión Médica fue considerada insuficiente para desvirtuar los informes periciales. La normativa aplicable, incluyendo las leyes 24.557, 26.773, 27.348, y los decretos 658/96 y 669/19, respaldan la responsabilidad de la ART. La sentencia destaca que "el actor presenta una incapacidad del 35% de la T.O., permanente, parcial y definitiva, por hipoacusia perceptiva, enfermedad profesional que encuentra sustento en el Dec. 658/96". La valoración de la prueba y la normativa vigente conducen a la condena, y se rechazan las impugnaciones constitucionales por su carácter abstracto.

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