CAMPILONGO BRANDON ANDRÉS C/ CARNEVALE PABLO MAURICIO S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral, confirmada la validez y eficacia del acuerdo alcanzado. La Cámara homologó la conciliación y ordenó el pago de $2.000.000 en cuotas a cargo del empleador, con condiciones de pago, incumplimiento y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Brandon Campilongo, demandó a Pablo Carnevale solicitando la homologación de un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral. La sentencia destaca que el derecho laboral tutela al trabajador, declarando la irrenunciabilidad de sus derechos, y que la validez de la conciliación requiere un acto expreso jurisdiccional. La instancia analizó el mérito y la legalidad del acuerdo, concluyendo que la conciliación alcanzada “responde a una justa composición de derechos e intereses”. La homologación se basa en que “el acuerdo propuesta alcanza una justa composición de derechos e intereses”, y se dispuso que Carnevale deberá pagar $2.000.000 en 5 cuotas de $400.000, con depósito judicial y bajo apercibimiento de ejecución en caso de incumplimiento. La sentencia también establece condiciones de transferencia electrónica, costas y honorarios profesionales, además de recordar a las partes las condiciones de notificación y pago. Fundamentos principales: “Que en base a estos principios, se hace necesario evaluar el mérito y la legalidad del acuerdo conciliatorio que las partes proponen en autos.” “considerando el reclamo incoado por la parte trabajadora, los términos en los que ha quedado trabada la litis, la prueba producida hasta el presente y lo manifestado por las partes en el acuerdo arribado, estimo que la conciliación propuesta alcanza una justa composición de derechos e intereses, por lo que corresponde su homologación.” “Se hace saber a las partes que el incumplimiento de una de las cuotas dará derecho al actor a ejecutar la totalidad del importe restante, con intereses y en los términos del art. 275 in fine, L.C.T.” “El acuerdo ha sido aprobado y homologado, estableciendo las condiciones de pago, costas, honorarios y las garantías para su cumplimiento.”
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