GALLEGO ROSALI SOL C/ DISTRIBUIDORA LANUS S.A. Y OTRO/A S/ DESPIDO
El Tribunal del Trabajo Nº 6 del Departamento Judicial de Avellaneda Lanús declaró la caducidad de instancia en un proceso por despido tras más de seis meses de inactividad sin impulso procesal. La declaración se fundamenta en el incumplimiento de las actividades procesales y en la intimación a las partes, conforme al art. 11 ley 15.057, y dispuso el cierre del trámite con costas a cargo de la actora y regularización de honorarios y gastos periciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Gallego Rosali Sol, inició un proceso laboral contra Distribuidora Lanús S.A. y otro por despido. Tras más de seis meses sin actividad procesal, el tribunal, en cumplimiento del art. 11 ley 15.057, intimó a las partes a reactivar el trámite, sin que ello ocurriera en los plazos previstos. En consecuencia, el tribunal declaró la caducidad de instancia, considerando que la inacción prolongada configuró un incumplimiento sustancial del deber de impulso procesal, y dispuso que las costas fueran soportadas por la parte actora. También se regularizaron honorarios de abogados y peritos, y se dispuso el cierre del expediente. Los fundamentos principales se basan en que “transcurridos más de seis meses de inactividad sin que se hubiera instado el curso del proceso”, la ley prevé la caducidad, y “la intimación notificada con fecha 12/4/24 sin que, transcurridos los plazos de ley, se impulsara nuevamente el trámite”, justifica la decisión. No se registran votos disidentes relevantes.
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