CARRERA MARIA ELENA C/ BAREIRO BENEGAS ESTHER Y OTRO/A S/ DESPIDO
El Tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral por despido. La decisión se fundamentó en que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses de las partes, aprobándose con base en los arts. 30 Ley 15.057 y 15 Ley 20.744.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Maria Elena Carrera, promovió la demanda por despido contra la demandada, Esther Bareiro Benegas y otros. Se solicitó la homologación de un acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes. El tribunal consideró que la conciliación no vulnera principios de orden público y que constituye una solución justa y adecuada a la controversia, por lo cual homologó el acuerdo, en los términos propuestos por las partes. Además, ordenó la intimación a la demandada para que, junto con el primer pago, integre el sellado correspondiente a la TASA DE JUSTICIA, que asciende a $61.600 según lo dispuesto en el art. 270 del Código Fiscal. Se impusieron costas a la demandada, y se reguló el pago de honorarios profesionales, con mención específica sobre la naturaleza, calidad y extensión del trabajo realizado, y el reconocimiento de los honorarios de los profesionales intervinientes. También se establecieron instrucciones para la acreditación de pagos, transferencia de fondos y cumplimiento de aportes previsionales, además de disponer la devolución de documentación reservada y la notificación a las partes. La resolución destaca que la homologación se basa en la satisfacción de los intereses de ambas partes y en la legalidad del acuerdo alcanzado, conforme a las disposiciones legales aplicables en la materia laboral.
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