BARRERA SERGIO EZEQUIEL C/ SERVICIO PENITENCIARIO BONAERENSE S/ AMPARO POR MORA
El amparo por mora contra el Servicio Penitenciario Bonaerense busca que se dicte orden de pronto despacho en trámite administrativo. La Cámara ordena a la autoridad que se expida en 15 días, confirmando la vulneración del plazo legal y la obligación de resolución en tiempo razonable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Sergio Ezequiel Barrera, interpuso acción de amparo por mora contra el Servicio Penitenciario Bonaerense, solicitando que se ordenara la expedición de resolución respecto de un trámite administrativo iniciado el 07-09-2023. La causa surge del incumplimiento por parte de la administración del plazo establecido en la ley de procedimiento administrativo (decreto-ley nº 7.647/70), específicamente en los artículos 77 y siguientes, que regulan los plazos y obligaciones de la administración en el impulso y resolución de los expedientes. La sentencia señala que no consta en autos el informe requerido del organismo demandado y que el trámite fue presentado en fecha 07-09-2023, por lo cual el plazo para expedirse ya venció, configurando así la mora administrativa. La normativa aplicable establece que los plazos administrativos son obligatorios y que su incumplimiento vulnera el derecho de defensa y el debido proceso. La sentencia concluye que la demora no tiene justificación y, en consecuencia, hace lugar a la acción de amparo, condenando al Servicio Penitenciario a expedirse en 15 días respecto del trámite en cuestión. Además, se imponen costas a la demandada y se regulan honorarios profesionales, dejando constancia de que este emplazamiento no implica pronunciamiento sobre el fondo del asunto administrativo ni sobre la resolución que debe adoptarse.
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