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CEPEDA, JUAN CARLOS c/ A.N.S.E.S. s/EJECUCIÓN PREVISIONAL

La parte demandada requiere aclaratoria de sentencia que omitió incorporar conclusión de informe pericial. La Cámara resuelve por mayoría no hacer lugar al pedido.

Aclaratoria Cosa juzgada Informe pericial Error de calculo Ejecucion previsional


¿Quién es el actor?

CEPEDA, JUAN CARLOS

¿A quién se demanda?

A.N.S.E.S.
- Objeto de la demanda: Ejecución previsional
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, por mayoría, resolvió no hacer lugar al pedido de aclaratoria formulado por la parte demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La aclaratoria procede para enmendar errores materiales, subsanar conceptos oscuros u omisiones respecto de las pretensiones planteadas.
- En el caso, la omisión señalada por el perito contador no fue apelada oportunamente por la demandada, por lo que no puede ser abordada de oficio por la Cámara.
- El tribunal de alzada está limitado por el marco de la impugnación y no puede resolver cuestiones ajenas a los agravios planteados.
- Sin embargo, el juez Avalos en disidencia consideró que la omisión de la conclusión del informe pericial es relevante y debe ser subsanada, pues los jueces deben rectificar los errores aritméticos o de cálculo en las liquidaciones, ya sea a pedido de parte o de oficio.

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