VIGURIS DIEGO ALEJANDRO C/ DANA DIEGO DANTE S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) 2020
La Cámara de La Plata confirmó la responsabilidad del demandado en un accidente de tránsito y aumentó la indemnización por daños y perjuicios. La sentencia fundamentó la responsabilidad objetiva del vehículo, la concurrencia de culpa, y la cuantificación de daños basada en valoración actualizada y principios de reparación integral.
La demanda fue promovida por Viguris contra Dana y la aseguradora por daños derivados de un siniestro ocurrido el 3 de junio de 2022, en el cual la motocicleta fue embestida por el automóvil que giró en U sin señalización previa. El tribunal consideró que ambos conductores incumplieron las reglas del tránsito, estableciendo una responsabilidad del 50% para cada uno. La responsabilidad del demandado se fundamentó en la maniobra de giro en U sin preaviso, que provocó la colisión por alcance, además de la responsabilidad objetiva del dueño del vehículo por ser "cosa riesgosa". El tribunal valoró la prueba pericial mecánica, accidentológica, médica y psicológica, concluyendo que las lesiones y secuelas padecidas por Viguris son resultado directo del accidente y producen una incapacidad total del 35% física y 10% psíquica, con secuelas permanentes. La valoración de daños incluyó incapacidad, daños morales, gastos médicos y reparación de la motocicleta. La indemnización se fijó en 32.025.000 pesos, actualizada y con intereses moratorios al 6% desde el hecho hasta el efectivo pago. La sentencia también condenó a la aseguradora en la misma suma, dado que en su póliza constaba un límite de cobertura de 23 millones de pesos. Fundamentos principales: "De acuerdo a la mecánica del accidente, a la localización de daños en los rodados y al sentido de las deformaciones, se puede determinar que la motocicleta colisiona con la parte trasera del automóvil conducido por Dana, en una colisión de alcance, producida por la maniobra de giro en U sin señalización del demandado." "Ambos conductores incumplieron las reglas del tránsito: el motociclista por no mantener una distancia prudencial y el automovilista por girar sin preaviso, provocando la colisión." "La responsabilidad del conductor del automóvil se estima en un 50%, por ser la causa principal del accidente, sumado a la responsabilidad objetiva del dueño del vehículo por ser 'cosa riesgosa'." "La lesión del actor, las secuelas y la incapacidad derivada son consecuencia directa del impacto, verificadas mediante informes médicos, radiografías y pericias accidentológicas, que demuestran lesiones en ligamentos, meniscos y articulación, con secuelas crónicas y discapacidad del 35%." "El daño moral y psicológico ha sido valorado en la suma de 8.500.000 pesos, considerando las secuelas y el impacto en la calidad de vida del actor."
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