SANCHEZ JUAN ANIBAL C/ MAURO MARIA GRACIELA S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El juez concede el beneficio de litigar sin gastos a los actores por carencia de recursos económicos, tras valorar la prueba y fundamentar que no poseen bienes ni posibilidad de obtenerlos, promoviendo así el acceso a la justicia y la protección del derecho a defensa en juicio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El señor Juan Aníbal Sánchez y la señora María del Carmen González solicitan el beneficio de litigar sin gastos debido a su imposibilidad de afrontar los costos judiciales, en el marco de una causa por daños y perjuicios contra María Graciela Mauro y otros. La parte actora aporta declaraciones juradas y testimoniales que acreditan su situación económica precaria, sin bienes de fortuna ni capacidad de obtener recursos. La demandada no presenta pruebas que desvirtúen la carencia de recursos de los actores. El tribunal analiza la documentación y testimonios, concluyendo que “la carencia de recursos, resulta ser una cuestión de hecho, que queda librada a la valoración judicial sobre la importancia económica del proceso conforme las circunstancias del caso y la época”. Se destaca que “la procedencia del beneficio debe juzgarse específicamente, en relación directa con la importancia y, por lo tanto, exigencia económica de la acción entablada, quedando a criterio del juez la interpretación de cada caso”. La sentencia fundamenta que “los peticionantes no poseen bienes de fortuna, ni tienen posibilidad de obtenerlos”, y que “la contraria no ha aportado pruebas a fin de desvirtuar la alegada carencia de recursos”. En virtud de ello, se concede el beneficio de litigar sin gastos a los actores, sin obligación de pagar costas o gastos judiciales, en tanto no mejore su situación económica.
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