MARTUCCI MATIAS ALAN Y OTRO/A C/ JOSE J CHEDIAK SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL COMERCIAL Y AGROPECUAR S/DAÑOS Y PERJ. DEL./CUAS. (EXC.USO AUT. Y ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirma la responsabilidad de la empresa por daños causados por su dependiente durante el ejercicio de sus funciones, y ratifica la condena de $800.000 por daños y daño moral. La decisión se basa en la relación causal entre la actuación del dependiente y el daño producido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Matías Alan Martucci y Juan Bautista Levis demandaron a José J. Chediak Sociedad Anónima Industrial Comercial y Agropecuaria por daños y perjuicios derivados de agresiones físicas por parte del empleado Alberto Ezequiel Carrete en ocasión del ejercicio de sus funciones. La sentencia de primera instancia responsabilizó a la empresa, condenándola a pagar $800.000 más intereses y costas, fundamentando que las lesiones se produjeron en el marco de la relación laboral y durante el cumplimiento de tareas relacionadas con la función del dependiente, específicamente la colocación y retiro de un cepo en el vehículo de los actores. La Cámara confirmó esta responsabilidad, destacando que la agresión ocurrió en ocasión del ejercicio de funciones, y que el abuso del dependiente no exime a la empresa, dado que la conducta ocurrió en el marco de una función encomendada. La apelación de la parte demandada fue desestimada, y también se confirmó el daño moral de $400.000 por cada actor, considerando la naturaleza del daño y la evidencia aportada. La sentencia fue ratificada en todos sus términos, con costas de alzada a cargo de la parte apelante.
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