FCA COMPAÑIA FINANCIERA S.A. C/ BURGOS RODOLFO S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
La Cámara de Apelaciones confirmó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 39 de la Ley 12962 en relación con una acción de secuestro prendario, considerando que viola derechos constitucionales y principios protectores del consumidor, y ordenó la continuación del proceso bajo las reglas de protección al consumidor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, FCA Compañía Financiera S.A., impugnó la decisión del juez de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 39 de la Ley 12962, que regula el secuestro prendario, y rechazó la acción de secuestro. La apelante argumentó que dicha norma vulnera derechos constitucionales, especialmente el derecho de defensa en juicio de los consumidores, y que no corresponde aplicar la ley 24240 en estos casos, ya que el proceso de secuestro no permite la participación del deudor. La Cámara analizó si la relación jurídica constituía o no una relación de consumo, concluyendo que sí, por lo que la protección del consumidor prevalece. Se fundamentó que la norma impide la participación del deudor, vulnerando el derecho a la defensa y contraviniendo principios constitucionales y tratados internacionales. La Cámara afirmó que la normativa que autoriza el secuestro sin intervención del deudor colisiona con derechos de igualdad, propiedad y defensa en juicio, por lo cual no puede aplicarse en relaciones de consumo. La decisión fue confirmar la resolución de primera instancia, por entender que el procedimiento de secuestro previsto en el artículo 39 de la Ley 12962 no es compatible con el régimen protector del derecho del consumidor.
- Los argumentos centrales consisten en que la normativa vulnera derechos constitucionales y tratados internacionales, y que el procedimiento viola el derecho de defensa del deudor consumidor, en línea con precedentes de la Corte Suprema y la Suprema Corte provincial.
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