SALERNO LUCIA GRACIELA C/ DISTEFANO MONICA LAURA S/ CONSIGNACION
Homologación de acuerdo entre las partes en un proceso de consignación. La Cámara homologó el acuerdo, imponiendo costas a la parte empleadora y regulando honorarios, además de ordenar el pago de tasas y contribuciones, considerando la importancia del asunto y las etapas procesales cumplidas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, SALERNO LUCIA GRACIELA, promovió un proceso de consignación contra DISTEFANO MONICA LAURA. La resolución homologó el acuerdo alcanzado por las partes, justificando que dicho acuerdo no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses, en línea con el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (L.C.T.). La homologación se basa en que el acuerdo ratificado en audiencia es respaldado por documentación y no vulnera principios constitucionales. La decisión también impone costas a la parte empleadora, regula los honorarios profesionales, y ordena el pago de tasas judiciales, haciendo constar que los montos entregados y las reconvenciones se sumarán a la cantidad convenida. Además, se intimó a la parte condenada en costas a acreditar el pago de la Tasa de Justicia y contribuciones, bajo apercibimiento de ejecución forzada. La fundamentación legal incluye los arts. 15 de la Ley 14.967, arts. 24 y 27 de la Ley 15.057, y artículos relacionados con honorarios y tasas judiciales. La resolución refleja además que la parte trabajadora percibió en concepto de consignación la suma de $107.555,84, la cual se suma a la reconvención y se ordena acreditar pagos pendientes.
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