SILVEIRA SONIA ADRIANA C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BS AS S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La sentencia de primera instancia reconoce y regula los honorarios profesionales de Sonia Adriana Silveira por su actuación en procesos administrativos relacionados con indemnizaciones por muerte por COVID-19, condenando al Fisco provincial al pago de 471,25 jus, más aportes e IVA, con costas y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Sonia Adriana Silveira, promovió demanda por la regulación de honorarios por su intervención en expedientes administrativos ante la Comisión Médica, asesorando a Goytea, en un expediente de reconocimiento de enfermedad profesional y acuerdo homologado por la autoridad administrativa. La defensa del Estado Provincial alegó que en los expedientes administrativos ya existió acuerdo homologado y que no existe prueba de pago de honorarios a la profesional, cuestionando el quantum. El tribunal concluyó que la tarea de la letrada fue oficiosa y exitosa, por lo que corresponde regular sus honorarios en 471,25 jus, más aportes e IVA, a cargo del Fisco. Se destacó que la representación fue obligatoria y que la gestión fue dirigida a un solo objeto indemnizatorio, con resultado favorable. La sentencia fundamenta que la labor profesional fue eficaz y que, conforme a la normativa aplicable, los honorarios deben regularse en esa suma, con costas en el orden causado y regulación de honorarios a los profesionales intervinientes. La decisión fue votada mayoritariamente, con disidencia en los fundamentos, pero con acuerdo en el resultado.
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