Logo

MARTINEZ EVANGELINA HAYDEE C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La sentencia rechaza la demanda por accidente de trabajo por falta de incapacidad física relacionada con el accidente. La Cámara confirma la decisión de primera instancia y ordena costas a la actora.

Danos y perjuicios Recurso de apelacion Indemnizacion Pericia medica Incapacidad Accidente de trabajo Condena en costas Comision medica central Sentencia. Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

La accionante, Evangelina Haydee Martinez, demandó a PROVINCIA ART S.A. por indemnización por accidente laboral ocurrido el 29-12-2018, reclamando $1.266.183,36 por daños y perjuicios, incluyendo daño moral y gastos de rehabilitación. La demandante alegó que sufrió una caída en un baño mientras cumplía tareas laborales, con denuncia a la ART y prestaciones en especie otorgadas hasta el alta médica. El tribunal verificó la existencia del accidente, la denuncia y el otorgamiento de prestaciones, pero la pericia médica se dictaminó en forma firme que la actora no presenta secuelas incapacitantes relacionadas con la caída. Se concluyó que “la actora no presenta incapacidad física secuelar que guarde relación causal con la caída que sufrió el día 29/12/2018”. La Comisión Médica Central ratificó la inexistencia de incapacidad. El tribunal consideró que “el resultado negativo de la pericia médica” y “el resultado de la valoración de la prueba producida” llevan a la conclusión de que “evita establecer la existencia de incapacidad en relación con el accidente”. En consecuencia, se propone rechazar la demanda en todos sus términos. Fundamentos principales: “Surge de la lectura de las constancias médicas remitidas por el Tribunal a esta Asesoría pericial los siguientes datos con interés médico legal: La actora sufre accidente de trabajo en fecha 29/12/18 cuando “limpiaba el patio se resbala y golpea la espalda y la cabeza”. Es asistida por la ART, se realiza rx columna cervical que muestra rectificación cervical; se indica calor local, antiinflamatorio y reposo. Se realiza también, el 03/01/19, TAC de cerebro que no informa particularidades. Alta por buena evolución el día 09/01/19. En suma, el actor no presenta incapacidad física secuelar que guarde relación causal con la caída que sufrió el día 29-12-2018 mientras prestaba tareas tomando como referencia el baremo del decreto 659/96 (Ley 24557).” El voto en disidencia no se registra, ya que todos los jueces coinciden en que la prueba médica fue concluyente y que no hay relación causal entre el accidente y incapacidad.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar