SANCHEZ OSVALDO EMANUEL C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANONIMA S/ ACCIÓN DE REVISIÓN RESOLUCIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL. LEY 15057
La Cámara homologó el acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes, por el cual la demandada abonará la monto de $8.000.000 en concepto de indemnización, confirmando la validez y legalidad del acuerdo, y ordenando su ejecución en los términos pactados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa 20495, caratulada "SANCHEZ OSVALDO EMANUEL C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANONIMA", tuvo por objeto la homologación de un acuerdo conciliatorio en un proceso por acción de revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional. La jueza Ortiz consideró que el acuerdo alcanzado "no enerva las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts. 15 y 263 L.C.T." y que "la conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes". La homologación fue aprobada por unanimidad por los jueces, quienes dispusieron que la demandada abonará la suma de $8.000.000, en forma imputable a los rubros reclamados en autos, con costas a su cargo, y establecieron los términos para el pago, incluyendo la apertura de cuentas para acreditar la transferencia. La resolución también reguló honorarios profesionales y la forma de pago, así como la notificación correspondiente. La decisión se fundamenta en que el acuerdo resulta justo, equilibrado y en línea con la normativa laboral, y que no existe en el expediente ningún motivo para denegar su homologación. Fundamentos principales: La señora jueza Ortiz expresó que "la conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts. 15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la ley 15.057)". La homologación fue adoptada por unanimidad, adhiriendo los demás jueces. La resolución concluye que "el acuerdo celebrado en autos resulta justo, razonable y en línea con el orden público laboral", y que "el monto, las condiciones y las obligaciones asumidas son acordes con las particularidades del caso y la normativa vigente". Se destaca que "las partes han acordado una suma de ocho millones de pesos ($8.000.000), que incluye todos los rubros reclamados, en una forma de pago que garantiza su cumplimiento", y que "la regulación de honorarios y las formas de pago han sido debidamente establecidas".
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