NAVARRETE DAVID GUSTAVO C/ FEDERACION PATRONAL ART SAU S/ENFERMEDAD ACCIDENTE
Tribunal del Trabajo Nº 4 homologó una conciliación por $25.000.000, declarando las costas a cargo del demandado y regulando honorarios y obligaciones de pago, en atención a la validez y cumplimiento del acuerdo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, DAVID GUSTAVO NAVARRETE, demandó a FEDERACION PATRONAL ART SAU por una reclamación derivada de enfermedad o accidente laboral. Las partes alcanzaron un acuerdo conciliatorio por la suma de $25.000.000, que fue homologado por el tribunal. La resolución destaca que la conciliación "alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts. 15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la ley 15.057)." Asimismo, se establecen las costas en favor de la parte demandada, con exención del pago de sellados e impuestos fiscales, y se regulan honorarios profesionales y del perito médico, disponiendo también las modalidades de pago y las obligaciones de acreditación de fondos. En los fundamentos, el tribunal manifiesta que "la conciliación... resulta justa y adecuada para resolver la conflicto" y que "el acuerdo fue celebrado en forma voluntaria, con plena conformidad de las partes, y cumple con los requisitos legales para su homologación." Las consideraciones jurídicas se apoyan en la Ley 15.057, en particular en los arts. 30 y 24, y en la normativa sobre honorarios y pagos. Se hace referencia a que la validez del acuerdo y su cumplimiento en los términos pactados garantizan la aplicabilidad de los efectos de la cosa juzgada y la conclusión del proceso, sin que existan objeciones o recursos pendientes que puedan afectar la validez del acuerdo homologado.
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