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PARED BLANCA ESTER C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SAU S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La homologación del acuerdo entre la parte actora y la demandada, por la suma de $2.500.000, fue aprobada por el Tribunal, considerando que el acuerdo representa una justa composición de derechos e intereses y no vulnera disposiciones laborales de orden público. La decisión se fundamenta en que el acuerdo cumple con los requisitos de justicia y legalidad para su homologación y beneficia a las partes, asegurando la efectiva reparación y cumplimiento de la obligación.

Costas procesales Honorarios profesionales Cosa juzgada Acuerdo conciliatorio Montos indemnizatorios Homologacion de acuerdo Procedimiento judicial Derechos laborales Ley 15.057 Transaccion laboral

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Blanca Ester Pared, demanda a la Federación Patronal Seguros S.A. por un acuerdo transaccional en el marco de un proceso laboral. La gestión fue celebrada con la demandada en la que se pactó una suma de $2.500.000, para cubrir los rubros reclamados. El tribunal consideró que la transacción cumple con los requisitos de orden público establecidos en los arts. 15 y 263 de la Ley de Contrato de Trabajo, y que la misma no enerva los derechos laborales. La homologación fue otorgada, declarando que la transacción representa una justa composición de intereses y que la misma debe beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada. Se impusieron costas a la demandada, con exención del pago de sellados e impuestos fiscales, y se regularon honorarios profesionales y formas de pago. Fundamentos principales: "la transacción arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts. 15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada." "Costas conforme a lo solicitado, con exención del pago de sellados e impuestos fiscales (art.30 ley citada)." "la homologación del acuerdo permite la resolución consensuada de la controversia, respetando los derechos y obligaciones de las partes, sin vulnerar la normativa laboral de orden público." "la suma acordada y los términos del acuerdo resultan adecuados y proporcionados, garantizando la protección de los derechos de la actora y la estabilidad jurídica de la resolución." "la homologación tiene por finalidad dar eficacia y validez al acuerdo, asegurando su cumplimiento y evitando futuras disputas."

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