CAMES WALTER SEBASTIAN C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La homologación de la conciliación en causa laboral por la suma de 3.300.000 pesos. La Cámara confirmó la decisión de homologar el acuerdo por considerarla justa y en consonancia con el orden público laboral, beneficiando a las partes con la cosa juzgada.
Quién demanda: CAMES WALTER SEBASTIAN
¿A quién se demanda?
EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de conciliación por la suma de 3.300.000 pesos imputable a los rubros reclamados
¿Qué se resolvió?
Se homologó la conciliación arribada entre las partes, con efectos de cosa juzgada y costas a cargo de las partes, eximiéndolas del pago de sellados y tasa de justicia.
Fundamentos principales:
"la conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts. 15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057
- RC 1840/24 SCBA)."
"Las costas serán conforme a lo solicitado y exímase a las partes del pago de sellados y de la tasa de Justicia, haciéndoles saber que dicho beneficio cesará en caso de incumplimiento total o parcial del presente acuerdo"
"En atención a lo acordado en materia de honorarios, de las etapas procesales cumplidas, naturaleza de las cuestiones debatidas, resultado obtenido, actuaciones esenciales y de mero trámite realizadas y calidad y mérito de la labor desarrollada, y lo estipulado en la cláusula SÉPTIMA del acuerdo arribado, regúlanse los honorarios del letrado apoderado de la parte actora Dr. PICALLO EZEQUIEL ALFREDO en la cantidad de 15,63 Jus ($660.000) más IVA en caso de corresponder, y del letrado apoderado de la parte demandada Dr. MARIA EUGENIA DEMIERRE en la cantidad de 15,63 Jus ($660.000) más IVA en caso de corresponder, a los que debe adicionarse el 10 % de ley."
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