AYALA MONICA ESTER C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Homologación de acuerdo conciliatorio en causa laboral por accidente de trabajo, confirmada la validez y efectos jurídicos del acuerdo alcanzado entre las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa 37810, caratulada "AYALA MONICA ESTER C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO
- ACCION ESPECIAL", plantea la homologación de la conciliación celebrada entre la actora y la demandada. La jueza Vodeb considera que la conciliación "alcanzan, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando (...) las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada". La adhesión de los jueces Amodio y Ginocchio refuerza esta posición.
El acuerdo homologado consiste en el pago de $4.000.000, imputables a los rubros reclamados, en la forma pactada, con costas a cargo de las partes y exención del pago de la tasa de justicia. La sentencia regula también aspectos relacionados con el pago, honorarios y certificaciones, concluyendo que "la conciliación arribada alcanza una justa composición de los derechos e intereses de las partes".
Fundamentos principales:
"La homologación de la conciliación es procedente cuando no enerva las disposiciones de orden público ni afecta derechos irrenunciables, y cuando refleja una justa composición de intereses".
"El acuerdo presentado cumple con los requisitos de legalidad y equidad, garantizando el cumplimiento y la seguridad jurídica".
"No se advierten vicios en el acuerdo, y su homologación corresponde para producir los efectos de la cosa juzgada".
"No cabe duda que la voluntad de las partes, plasmada en el acuerdo, es válida y produce los efectos jurídicos previstos en la ley".
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