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P+S S.A. C/ CAMACHO JUANA DANIELA S/CONSIGNACION

La Cámara de Dolores declaró la caducidad de instancia por inactividad procesal, confirmando la decisión por unanimidad, y dispuso el cierre del proceso por cumplimiento del plazo legal sin impulso de las partes.

Costas Honorarios Caducidad Caducidad de instancia Resolucion judicial Inactividad procesal Proceso laboral Inaccion Declaracion de caducidad Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

El expediente fue iniciado por P+S S.A. el 7/10/2014 por una suma de $8.701 contra Juana Daniela Camacho. La demandada contestó la demanda y solicitó su rechazo, denunciando la existencia de otra causa (N° 36918) que fue acumulada. La causa permaneció inactiva desde el 10/10/2018, sin impulso procesal por parte de las partes. Se notificó a ambas partes en varias oportunidades sobre la inacción y la posibilidad de caducidad, sin que hicieran acto de presencia o actividad. El 21/11/2024 se notificó la intención de declarar la caducidad, y ante la falta de actividad, el tribunal, tras cumplir con los requisitos del art. 11 y 12 de la Ley 15.057, declaró la caducidad de instancia. La decisión fue ratificada por unanimidad, imponiendo costas a la parte actora y regulando honorarios profesionales y de perito. Fundamentos principales: "En el caso en examen, ante la inactividad y falta de impulso procesal por ambas partes, el Tribunal intimó en los términos de los arts. 11 y 12 de la Ley 15.057, bajo apercibimiento de caducidad. Dichos recaudos fueron cumplimentados mediante las providencias de fecha 8/3/2023 y 21/11/2024, notificada a las partes automáticamente en fecha 21/11/2024, quienes nada hicieron." "Considerando que desde el último proveído de fecha 10/10/2018, la causa no tuvo impulso procesal, habiendo transcurrido ampliamente el plazo de seis meses sin activar el trámite del proceso y conforme lo dispuesto por el art. 11 de la Ley 15.057, corresponde declarar la caducidad de la instancia." "Por ello, en virtud de la inacción de las partes y el cumplimiento de los requisitos legales, corresponde decretar la caducidad de la instancia, con imposición de costas a la parte actora." "En consecuencia, se declara la caducidad de la instancia, finalizado el proceso por inactividad, y se ordena el cierre del expediente." Votos: La resolución fue adoptada en forma unánime por los jueces del tribunal, incluyendo al Dr. Mariana Landi, Xabier Uriaguereca y Manuel Hernández.

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