ALVAREZ HORTENSIA ALEJANDRA C/ SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES -MINISTERI S/ PRETENSION CESACION VIA DE HECHO ADMINISTRATIVA
La Justicia desestima la acción de la actora por ausencia de evidencia de vía de hecho administrativa, confirmando la legalidad del acto administrativo que redujo la plazo de licencia por motivos de salud. La decisión se fundamenta en que el acto cuenta con respaldo documental y la existencia de una resolución expresa de la autoridad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Alvarez Hortensia Alejandra demanda al Servicio Penitenciario Bonaerense solicitando que cese el actuar material que modificó el plazo de su licencia médica, argumentando que la reducción de 30 a 20 días fue arbitraria y carece de sustento legal, afectando su estado de salud y derechos. La demandada contestó que la actuación administrativa estuvo respaldada por un acto formal de notificación y una resolución administrativa expresa, en particular, un acta de notificación fechada el 24 de abril de 2025, que especifica que "se deja sin efecto y se rectifica el dictamen" previo, y que la licencia fue otorgada por 20 días, en línea con las recomendaciones médicas. La prueba documental demuestra que la autoridad actuó conforme a sus competencias y procedimientos, por lo que no se configura la existencia de una vía de hecho. La Cámara concluye que la actuación administrativa no es irregular, sino respaldada por un acto formal, y en consecuencia, desestima la demanda, confirmando la legalidad del acto administrativo impugnado y ordenando las costas.
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