GILES CLAUDIA GRACIELA C/ SAUCEDO SANDRA ELIZABETH S/ DESPIDO
La Cámara de Primera Instancia del Trabajo nº 3 de La Matanza confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a Sandra Saucedo a abonar una suma por despido injustificado y otras indemnizaciones, rechazando las pretensiones relativas a horas extras y a la constitucionalidad de ciertos arts.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Claudia Graciela Giles, demandó a Sandra Elizabeth Saucedo por despido y otros conceptos laborales. La relación laboral quedó acreditada por medios probatorios y por informes oficiales, en particular el informe de la Municipalidad de La Matanza, que ratificó la titularidad del comercio y la vinculación laboral. La demandada no contestó la demanda ni asistió a la audiencia, siendo declarada rebelde, lo que genera una presunción en su contra y valor probatorio a favor de la actora. Se acreditó que Giles trabajó como encargada en la perfumería “Morena” desde el 1º de abril de 2012, con una remuneración de $45.000 y jornada de lunes a sábados, y que la relación fue abruptamente finalizada tras incumplimientos de la empleadora, incluyendo negarse a pagar salarios y no registrar laboralmente a la trabajadora. La sentencia considera probado que la ruptura fue justificada por la negativa de tareas, incumplimientos salariales y silencio de la empleadora ante intimaciones, configurando injuria suficiente para justificar el despido. El tribunal analizó los rubros indemnizatorios y resolvió que la relación laboral fue válida, correspondiendo el pago de indemnizaciones por despido, intereses, y otras compensaciones, además de aplicar sanciones por incumplimientos legales en registros y certificados laborales. La sentencia también declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, por su impacto en los intereses y actualización del capital adeudado, y ordenó el pago de una suma total de $2.738.480,48, en concepto de diferentes rubros indemnizatorios y salariales, además de costas y honorarios. Se rechazaron las pretensiones relativas a horas extras y a la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley 24.432, y se dispuso la entrega de certificación de servicios y remuneraciones, así como el cumplimiento de obligaciones fiscales y previsionales. La decisión fue adoptada por unanimidad, adhiriendo los jueces Molaro y Thompson al voto del doctor Busetti.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: