AMOEDO MATIAS HERNAN C/ GALENO ART S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La sentencia reconoce la procedencia del reclamo por honorarios profesionales en el marco de un proceso administrativo por accidente laboral y regula la suma a abonar por la demandada, estableciendo el pago de honorarios y costas a favor del letrado y del actor, respectivamente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, AMOEDO MATIAS HERNAN, patrocinó a un trabajador en un expediente administrativo (SRT N°151639/21) iniciado tras un accidente laboral ocurrido el 10-4-2019. La sentencia valida que su intervención, en carácter de letrado particular, fue acreditada y que en consecuencia, corresponde la regulación de honorarios conforme a la normativa vigente (Ley 14.967, Ley 27.348, Res. 298/17). La Cámara destaca que la actividad profesional fue realizada en el proceso administrativo y que la ley establece que los honorarios deben ser abonados por la aseguradora. Se fija una suma de $295.533 (siete jus arancelarios) más IVA y aportes previsionales, a cargo de la demandada, con costas a esta última. La decisión se basa en que las tareas del letrado fueron extrajudiciales, administrativas, obligatorias y que, por tanto, corresponden a los parámetros previstos en la ley. La resolución enfatiza que la parte actora no acreditó percepción previa de honorarios ni acuerdo alguno, por lo que la regulación se realiza en base a la labor efectuada. Los honorarios del letrado se regulan en siete jus arancelarios, considerando la extensión, mérito, y resultado del trámite, y se ordena su pago en 10 días desde la firmeza. Las costas del proceso se imponen a la demandada, conforme a las normas aplicables. La sentencia confirma la decisión de primera instancia en todos sus términos, adhiriendo las juezas Lirusso e Hidalgo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: