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RETAMOZO EZEQUIEL ALFONSO C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO

La Cámara Civil de Lomas de Zamora confirmó la sentencia que condenó al Ministerio de Seguridad bonaerense a pagar una indemnización por accidente laboral, considerando la prueba y la normativa vigente, y rechazando los planteos de inconstitucionalidad.

Indemnizacion Incapacidad permanente Accidente laboral Inconstitucionalidad Sentencia confirmada Ley 24.557 Ley 26.773 Valoracion de incapacidad Ley 15.057 Accidente en ejercicio de la funcion

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Ezequiel Alfonso Retamozo, demanda al Ministerio de Seguridad por un accidente ocurrido durante el cumplimiento de sus funciones como oficial de policía, que le provocó lesiones y una disminución de su capacidad laboral del 42.70%. La sentencia de primera instancia, basada en la prueba pericial médica, psicológica y contable, resolvió que el accidente ocurrió en el ejercicio de su trabajo, que el organismo demandado se encontraba autoasegurado, y que las lesiones estaban acreditadas. La decisión fundamenta que la ley 24.557 en su vigencia al momento del siniestro y la toma de conocimiento, junto con la aplicación de los factores de ponderación y el cálculo del quantum indemnizatorio, resultan constitucionales, rechazando los planteos de inconstitucionalidad del DNU 669/19 y otras normas. La Cámara confirma la cuantía de $6.302.660 como indemnización, calculada conforme a la ley 24.557, la ley 26.773 y el índice RIPTE. Además, se destaca la validez de la ley 24.432 y la constitucionalidad del sistema de actualización y cálculo. La sentencia regula costas, intereses y honorarios, y ordena el pago en el plazo de 10 días.

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