CUENCA GERARDO GABRIEL C/ LA SEGUNDA ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Sala de Segunda Instancia confirma la procedencia del reclamo por accidente de trabajo, condenando a la ART a pagar la indemnización de $859.726 por incapacidad parcial y permanente, en base a la valoración de incapacidad y los parámetros legales y constitucionales. La sentencia rechaza el planteo de inconstitucionalidad y ratifica el cálculo y la aplicación del interés y las normas vigentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, GERARDO GABRIEL CUENCA, demanda a LA SEGUNDA A.R.T. S.A. reclamando indemnización por accidente laboral ocurrido el 20.02.2020, que le produjo una incapacidad parcial y permanente del 10.80 % en su capacidad laboral, además de daños físicos. La demandada niega la existencia del daño y argumenta que cumplió con las obligaciones de cobertura y alta médica. La causa fue probada con informes médicos, pericias y antecedentes administrativos, concluyendo que el accidente fue ocurrido en el marco de la relación laboral y que la ART debe responder. La sentencia en primera instancia y la Cámara confirman que la ley 24.557 y normas complementarias son constitucionales y que el cálculo de la indemnización, ajustado por factores de ponderación y actualizaciones, corresponde a la suma de $859.726. La sentencia también rechaza las impugnaciones constitucionales y el planteo de inconstitucionalidad del DNU 669/19, ratificando la validez de las normativas aplicables.
Fundamentos principales:
- Se acreditó la existencia de la relación laboral y la denuncia del accidente en tiempo y forma, conforme a la ley 15.057 y la ley 24.557.
- La pericia médica estableció la lesión en el hombro derecho, sin indicios de daño psíquico, y la incapacidad se fijó en 10.80 %, calculándose según los parámetros legales, incluyendo factores de edad y dificultad para tareas habituales.
- La jurisprudencia y la normativa vigente, incluyendo las leyes 24.557, 26.773 y 27.348, avalan el cálculo, la actualización por RIPTE y el incremento del 20 %.
- Se rechaza el planteo de inconstitucionalidad del DNU 669/19, por violación del art. 99, inc. 3 de la Constitución Nacional, y se ratifica la constitucionalidad de las leyes y normas aplicadas.
- La suma de indemnización se determina en $859.726, con intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde el 20.02.2020.
- Costas a la demandada vencida, con regulación de honorarios.
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