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QUINTANS, GLORIA C/IOMA S/AMPARO

El Tribunal de Trabajo N° 2 de Avellaneda-Lanús declaró satisfecho el cumplimiento de la medida cautelar que ordenaba a IOMA proveer medicamentos a la actora y reguló los honorarios profesionales, estableciendo el pago en 15 JUS más el 10% de ley, con depósito judicial y cumplimiento en 60 días.

Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Medida cautelar Amparo Deposito judicial Provision de medicamentos Ley 6716 Ley 8904 Ley 13928 Cumplimiento total

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Gloria Quintans, interpuso un amparo contra IOMA solicitando la provisión de medicamentos. El tribunal dictó una medida cautelar el 01/11/24 que ordenaba a IOMA proveer los medicamentos prescriptos, y la accionada cumplió con dicha medida en forma completa el 16/12/24. Con el cumplimiento de la medida cautelar, el tribunal considera que la pretensión ha sido satisfecha, y en consecuencia, resuelve declarar satisfecha la pretensión, regulando los honorarios del profesional interviniente, Karina Alejandra Stea, en la suma de 15 JUS, más el 10% de ley. Se ordena además el depósito judicial y la acreditación de aportes previsionales en 60 días. La sentencia no contiene votos disidentes y no se analiza la existencia de otros recursos.

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