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VARELA IVAN CARLOS C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANONIMA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057 (8)

La Cámara de Morón revoca la decisión administrativa y condena a la aseguradora a abonar una indemnización por incapacidad laboral derivada de enfermedad profesional, considerando la inconstitucionalidad de leyes y decretos que redujeron derechos del trabajador.

Reclamo

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Ivan Carlos Varela, demanda a GALENO ART S.A. por la declaración de incapacidad laboral derivada de una hernia discal y daño psicológico, causados en un accidente laboral el 4/02/2020. La Comisión Médica dictaminó que no poseía incapacidad, pero la sentencia judicial revoca dicha resolución tras analizar la prueba pericial que demuestra una incapacidad del 23,40% y la relación causal con la enfermedad profesional. La sentencia además declara la inconstitucionalidad del Decreto 669/19, del Decreto 70/23 y de la ley 25561, por violar principios constitucionales y derechos laborales, en particular el principio de progresividad y la protección del trabajo. La condena impone a GALENO ART S.A. pagar la suma de $48.241.415,54 por prestaciones dinerarias, con intereses y costas. La decisión se sustenta en la valoración de la prueba médica, la constitucionalidad de las normas aplicadas y la protección del derecho del trabajador a una reparación integral. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Se analiza la documental obrante y la prueba pericial médica producida en autos, concluyendo que el actor presenta enfermedad profesional compatible con esfuerzos repetitivos y que la patología no guarda relación etiopatogénica con el siniestro, sino que se trata de una condición previa. Sin embargo, la pericia médica demuestra una incapacidad del 23,40% y una relación causal con el trabajo, lo que justifica la revisión de la decisión administrativa que declaró la inexistencia de incapacidad." "El análisis de las normas constitucionales y la jurisprudencia confirma que el Decreto 669/19, que modificó los intereses y el cálculo de indemnizaciones, viola principios constitucionales, en particular el de progresividad y la protección del trabajo, por lo que debe declararse su inconstitucionalidad." "Asimismo, la sentencia destaca que la aplicación retroactiva y la reducción de beneficios en los términos del DNU 70/23 y legislación conexa resultan inconstitucionales, afectando derechos constitucionales como el derecho de propiedad, el trabajo y la protección social, además de vulnerar tratados internacionales." "Se estima que la suma a pagar por indemnización, actualizada conforme a la normativa constitucional y jurisprudencial, asciende a $48.241.415,54, con intereses desde el 4/02/2020, y que la responsabilidad recae en la aseguradora, condenándola en consecuencia."

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