SZALANKIEWICZ ANAC/ MONDRAGON S.R.L. Y OTRO/A S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION
La sentencia declara la adquisición del dominio por usucapión a favor de la actora, Ana Szalankiewicz, respecto del inmueble en Lanús, considerando probada la posesión pacífica, pública, continua y con animus domini por más de 20 años, y fundamentando en la antigüedad y continuidad de la posesión, así como en la prueba documental y testimonial aportada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, Ana Szalankiewicz, promovió demanda por usucapión respecto del inmueble ubicado en Lanús, alegando posesión pacífica e ininterrumpida por más de 20 años, desde 1966, y la continuidad de la misma tras la muerte de sus progenitores. La demanda fue fundamentada en que el inmueble fue adquirido por su padre en 1942 y que ella y su familia habitan el inmueble desde entonces, con prueba documental (boletos de compra-venta, DNI, certificados de defunción y nacimiento, pagos de servicios) y testimonial (testigos que acreditan la ocupación desde los años 60). La sentencia señala que la prueba rendida demuestra la posesión efectiva y prolongada, con indicios claros de animus domini, y que el actor acreditó el cumplimiento de los requisitos legales para la usucapión. Se destacó que la posesión fue ejercida con carácter de dueño, en forma pacífica, pública y continua, y que la documentación y testimonios corroboran la antigüedad y naturaleza de la misma. La sentencia también hizo referencia a que el demandado, Mondragón SRL, fue titular registral y que en autos se acreditaron hechos que justificaron la exclusión del inmueble del remate judicial, consolidando la adquisición por usucapión. La resolución ordena la inscripción del dominio a nombre de la actora, la cancelación del registro anterior y la emisión de la documentación correspondiente.
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