FRANCES SEBASTIAN LUIS C/ RIVAS FIGUERA LUIS DIEGO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia condenó a Rivas Figuera por responsabilidad en el accidente y estableció una indemnización total de 8 millones de pesos, rechazando la reconvención y la defensa de la aseguradora por suspensión de cobertura. La decisión fundamenta la responsabilidad en la imprudencia del conductor de la motocicleta, aplicando la teoría del riesgo creado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Sebastián Luis Frances, demanda por daños y perjuicios al conductor de la motocicleta, Luis Diego Rivas Figuera, tras sufrir un accidente el 10/12/2020 en Villa Luzuriaga, en el que se le produjo daño físico y material en su vehículo. La sentencia fue favorable al actor, estableciendo la responsabilidad del demandado por violar las normas de tránsito, específicamente por avanzar en semáforo en rojo, y condenándolo a pagar 8 millones de pesos en indemnización. Se valoraron las pruebas periciales, testimoniales y documentales, concluyendo que el accidente ocurrió por la conducta imprudente del demandado y que la versión del actor fue verosímil y consistente. La sentencia también rechazó la reconvención del demandado y la defensa de la aseguradora, por estar la póliza suspendida por falta de pago en la fecha del siniestro, aplicando la doctrina de la responsabilidad objetiva y la teoría del riesgo creado. FUNDAMENTOS: "Es firme la responsabilidad del demandado por haber actuado en forma imprudente y negligente, violando las normas de tránsito, en particular por cruzar en semáforo en rojo, lo que resulta verosímil y corroborado por las pruebas aportadas." "El accidente se produjo cuando la motocicleta conducida por Rivas Figuera colisionó lateralmente con el automóvil de la parte actora, en un contexto donde los semáforos funcionaban correctamente, y la prueba testimonial y pericial confirman la mecánica del hecho." "Respecto a la cobertura del seguro, la póliza del demandado se hallaba suspendida por falta de pago al momento del siniestro, por lo que la aseguradora no debe responder por la responsabilidad civil derivada del hecho." "Corresponde aplicar la responsabilidad objetiva por el riesgo de la actividad, sin necesidad de prueba de culpa, y atribuir la responsabilidad al conductor de la motocicleta por su imprudencia." "Se condena a Rivas Figuera a abonar 8 millones de pesos en concepto de daños y perjuicios, con intereses desde la fecha del hecho y conforme a las tasas señaladas en la sentencia."
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