ACOSTA FERNANDO DAVID Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El beneficio de litigar sin gastos fue concedido a los actores para el proceso por daños y perjuicios. La sentencia fundamenta la decisión en la insuficiencia de recursos de los solicitantes, garantizando así su derecho de defensa sin afrontar costos. Se establecieron costas por su orden y se postergó la regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Acosta Fernando David y Aramayo Paola Elizabeth contra Balzano Silvana Franco, Juan Jose Sanchez y en garantía Federación Patronal Seguros SA, solicitando el beneficio de litigar sin gastos. La sentencia concluyó que los actores no poseen recursos suficientes para afrontar los gastos del proceso, por lo que se les concede el beneficio. La fundamentación se basa en la prueba de informes y declaración jurada, que demuestran la insuficiencia económica de los actores, alineándose con la normativa aplicable (arts.78,79,81,84,384 y concs. del CPCC; SCBA. DJBA. V.123 P.88; causas citadas). Además, las costas serán soportadas por la parte vencida en el proceso principal, dado que no hubo oposición y el proceso es accesorio. La resolución está en consonancia con la protección del derecho de defensa, sin necesidad de que los solicitantes sean indigentes o absolutamente insolventes, sino que basta con la incapacidad económica demostrada.
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