AVILA JORGE MANUEL S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
Decisión judicial de declaración de quiebra de Jorge Manuel Ávila, con medidas cautelares y ordenes administrativas para la administración del proceso y bienes del fallido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El juzgado de primera instancia en lo civil y comercial N° 10 de Quilmes, a cargo de la Dra. Vivian Cintia Diaz, declaró en estado de quiebra a Jorge Manuel Ávila, DNI 32.006.974, domiciliado en Don Orione-Estanislao Zeballos, Florencio Varela, conforme a los arts. 79, 86, 88 y sgtes. de la ley 24.522. La resolución ordena diversas medidas precautorias y administrativas, incluyendo la inhibición general de bienes, la incautación de bienes, libros y documentos, y la prohibición de pagos, con el fin de garantizar la administración y liquidación del patrimonio del fallido. Además, se fija audiencia para la designación del síndico, y se ordenan publicaciones, notificaciones y registros en el proceso. La jueza fundamenta la decisión en la existencia de antecedentes y requisitos para la declaración de quiebra, y establece las medidas para la protección de los activos y derechos del proceso concursal.
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