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AVILA JORGE MANUEL S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

Decisión judicial de declaración de quiebra de Jorge Manuel Ávila, con medidas cautelares y ordenes administrativas para la administración del proceso y bienes del fallido.

Administracion de bienes Inhibicion de bienes Medidas cautelares Quiebra Sindico Proceso concursal Declaracion Incautacion Ley 24.522 Quilmes

¿Qué se resolvió en el fallo?

El juzgado de primera instancia en lo civil y comercial N° 10 de Quilmes, a cargo de la Dra. Vivian Cintia Diaz, declaró en estado de quiebra a Jorge Manuel Ávila, DNI 32.006.974, domiciliado en Don Orione-Estanislao Zeballos, Florencio Varela, conforme a los arts. 79, 86, 88 y sgtes. de la ley 24.522. La resolución ordena diversas medidas precautorias y administrativas, incluyendo la inhibición general de bienes, la incautación de bienes, libros y documentos, y la prohibición de pagos, con el fin de garantizar la administración y liquidación del patrimonio del fallido. Además, se fija audiencia para la designación del síndico, y se ordenan publicaciones, notificaciones y registros en el proceso. La jueza fundamenta la decisión en la existencia de antecedentes y requisitos para la declaración de quiebra, y establece las medidas para la protección de los activos y derechos del proceso concursal.

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