ARANDA MAURO YAMIL C/ VOLKSWAGEN SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La Cámara Civil confirmó la condena a Volkswagen y Organización Sur por incumplimiento en la entrega del vehículo y la falta de información, y ordenó pagar $13.567.209,48 por daños y perjuicios. La sentencia destaca el incumplimiento de obligaciones de información y trato digno en el marco de un contrato de consumo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Mauro Yamila Aranda, promovió demanda por daños y perjuicios contra Volkswagen y Organización Sur, por incumplimiento de contrato de plan de ahorro para adquisición de un vehículo. Reclamó la devolución de $414.880 y cuotas abonadas, daño moral de $2.000.000, daño punitivo de $11.100.630, y otros rubros por privación de uso y daño emergente. La parte actora argumentó que suscribió un plan para adquirir una Saveiro Cabina Simple, pero se le ofreció un modelo diferente, lo cual no fue cumplido, y que las demandadas no informaron adecuadamente sobre la imposibilidad de cambio de modelo por restricciones de stock y normativa. La demandada Volkswagen, a través de su apoderado, negó responsabilidad y sostuvo que la operatoria y las condiciones del plan estaban claramente establecidas, y que las cuestiones de cambio de modelo corresponden al concesionario. La concesionaria Organización Sur afirmó que actuó solo como intermediaria y que no tuvo participación en decisiones sobre cambios de modelos, alegando causa de fuerza mayor por normativa del fabricante. El tribunal analizó que el sistema de plan de ahorro configura un contrato de consumo, con obligaciones de información y trato digno, y que ambas demandadas respondieron solidariamente por incumplimientos. La sentencia concluyó que existió incumplimiento en la información y en la ejecución contractual, y que la conducta de las demandadas fue dolosa o negligente, justificando la reparación integral y la imposición de daño punitivo. Se condenó a pagar la suma de $13.567.209,48, intereses desde el 24/09/2021, y las costas en forma solidaria. La sentencia también dispuso la aplicación de daño punitivo por su carácter disuasorio y sancionatorio, en monto equivalente a 10 Canastas Básicas Totales (=$11.100.630). La decisión fue apelada y confirmada en todas sus partes.
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