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VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ SUAREZ MARIA LAURA S/ EJECUCION PRENDARIA

La resolución confirma el levantamiento del embargo sobre el automotor y la conclusión de las actuaciones, con regulación de honorarios y notificación electrónica. La jueza dispuso también el levantamiento del embargo y confirmó honorarios en el proceso de ejecución.

Regulacion de honorarios Automotor Resolucion judicial Notificacion electronica Ejecucion prendaria Levantamiento de embargo Honorarios judiciales Ley 14.967 Proceso civil. Conclusion de actuaciones

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante, Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados, promovió ejecución prendaria contra María Laura Suárez. La resolución judicial, firmada por la jueza Vivian Cintia Díaz, ordena la conclusión de las actuaciones tras la presentación de la carta de pago denunciada y confirma los honorarios percibidos por el profesional actuante, Dr. Jorge A. Lovaglio Rivas, en la suma de $283.500. Además, se ordena el levantamiento del embargo sobre el automotor con dominio OJB 320, ordenado en fecha 21/11/2023, ante la expresa conformidad de la parte actora. La resolución destaca que las notificaciones se practicaron electrónicamente, conforme a la normativa vigente, y que se cumple con la regulación de honorarios en los términos del art. 54 de la ley 14.967. La jueza dispuso también que las actuaciones se archiven tras la debida notificación y cumplimiento de las formalidades legales. Fundamentos principales: "Por la presente, téngase presente la carta de pago denunciada y en consecuencia tiénense por concluídas las actuaciones." "Corroborada la conformidad del profesional y la documentación acompañada, corresponde confirmar los honorarios percibidos en la suma de $283.500, equivalentes a $6,71 en unidades arancelarias, en cumplimiento de lo establecido por la ley 14.967 y sus modificatorias." "Asimismo, atento la expresa conformidad prestada por la parte actora, procedase a levantarse el embargo sobre el automotor dominio OJB 320, ordenado en autos con fecha 21/11/2023." "Las notificaciones y registros se han realizado conforme a la normativa vigente, garantizando la validez y legalidad del proceso." "El presente se NOTIFICA en la fecha que surge del sistema de remisión de copia al domicilio electrónico, computándose los plazos a partir del día hábil siguiente." Disidencias: No se registran votos en disidencia o fundamentos adicionales en la resolución presentada.

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