ROSAS ALEJANDRO RUBEN Y OTROS C/ CLUB ATLETICO CAZA Y PESCA DON TORCUATO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)
El tribunal hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios contra el club y la aseguradora, condenándolos a pagar 4 millones de pesos por las lesiones sufridas por el menor, justificando la responsabilidad por el vicio del arco de fútbol y la falta de mantenimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue presentada por Jimena Vallejos y Alejandro Rosas en representación de su hijo menor Vito Lionel Rosas, reclamando 710.000 pesos por daños derivados de un accidente ocurrido el 11/11/2019 en el club deportivo, en el cual el arco de fútbol no amurado al piso se le cayó encima al menor, causándole una fractura en el radio izquierdo. La parte actora sostiene que la responsabilidad es objetiva por el vicio del objeto (arco) y que el club no garantizó la seguridad del equipamiento, lo que provocó la lesión. La defensa negó la ocurrencia del hecho, alegando falta de pruebas, inexistencia de denuncia y que la aseguradora no fue notificad del siniestro, además de cuestionar la legitimación pasiva del club y la existencia del daño. La prueba testimonial y pericial (médica y psicológica) sustenta que el hecho ocurrió y que las lesiones tienen relación causal con el accidente, además de evidenciar secuelas psicológicas. La pericia médica concluyó que no hay secuelas clínicas ostensibles, pero se reconoció un daño psicológico con un grado de incapacidad del 10%, y se valoró en 900.000 pesos, con tratamientos futuros recomendados. La responsabilidad del club fue acreditada por la existencia de un riesgo y la falta de mantenimiento del arco, que no estaba amurado y representaba un peligro. El tribunal consideró que la responsabilidad es objetiva y que la prueba fue suficiente para condenar a los demandados, condenándolos a pagar 4 millones de pesos en concepto de daños, con intereses. La condena también extendió la responsabilidad a la aseguradora en la medida del seguro contratado, y se impusieron las costas a los demandados.
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