MARTINEZ LEON LEONOR S/ RECTIFICACION TITULO PROPIEDAD
La sentencia de primera instancia ordena la rectificación del título de propiedad del automotor Renault Clio RT en relación al estado civil del titular, confirmando que Jorge Omar Lobianco era casado al momento de la adquisición y que no volvió a casarse tras su fallecimiento. La resolución fundamenta que la prueba documental y el certificado de defunción acreditan su estado civil, y que la corrección del título es procedente en base a la prueba producida y las reglas de la sana crítica. La resolución ordena además la anotación en los registros y el cumplimiento de las formalidades legales relacionadas, incluyendo honorarios y notificaciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia fue dictada en virtud de la solicitud de rectificación del título automotor presentada por Leonor Martinez Leon, quien busca acreditar que Jorge Omar Lobianco, titular del vehículo Renault Clio, era casado al momento de su adquisición en 2018 y que no volvió a casarse tras su fallecimiento en 2022. La prueba documental presentada, incluyendo la partida de matrimonio actualizada y la partida de defunción, respaldan esta afirmación. El tribunal consideró que: "El acta de matrimonio actualizada acompañada en el escrito referenciado precedentemente acredita que el matrimonio de la Leonor Martinez Leon junto con Jorge Omar Lobianco celebrado en fecha 5/6/1981." "En fecha 22/5/2025 se acompaña la partida de defunción de Jorge Omar Lobianco, ocurrida en fecha 20/5/2022." "Asimismo, según surge del título automotor acompañado, el rodado fue adquirido el día 14/3/2018, siendo Jorge Omar Lobianco de estado civil casado, atento la fecha de defunción del causante y encontrándose acreditado con la documentación aportada que no se ha vuelto a casar." El tribunal concluyó que la documentación aportada y la prueba producida permiten la rectificación del registro, ordenando la inscripción correspondiente. La resolución se fundamenta en que la prueba documental y la sana crítica justifican la modificación del título en lo que respecta al estado civil del titular, y que ello no contraviene las normas legales aplicables.
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