DIAZ ALEJANDRA VERONICA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
Se declara la quiebra de Alejandra Verónica Diaz por sobreendeudamiento y dificultades económicas. La resolución reconoce el fenómeno social del sobreendeudamiento activo asociado a la macroeconomía y la protección constitucional del derecho de consumo, permitiendo el uso del proceso de quiebra como mecanismo de protección social y económica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandada, Alejandra Verónica Diaz, solicitó su propia quiebra alegando un sobreendeudamiento derivado de créditos de consumo que no pudo afrontar, dado su ingreso como pensionada policial. La sentencia destaca el aumento del sobreendeudamiento en los últimos años, vinculado a la problemática macroeconómica y la vulnerabilidad del consumidor. La decisión fundamenta que la protección constitucional del derecho al consumo y la protección social justifican el uso del proceso de quiebra en estos casos, señalando que la situación de la actora refleja un fenómeno social grave. La resolución también ordena medidas cautelares, incluyendo inhibiciones, cierre de cuentas, incautación de bienes y prohibición de salida del país, en función de garantizar la masa de la quiebra, y establece la designación de un síndico mediante sorteo y la publicación de edictos. Se enfatiza que la causa de la quiebra está relacionada con el consumo y no con actividad empresarial, y que la institución busca "oxigenar el sobreendeudamiento" para evitar la exclusión social.
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