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ROURA OSCAR ALEJANDRA C/ BOLOTNICOFF ALEJANDRO S/ DAÑOS Y PERJ.-RESP EST.-POR USO DE AUTOMOT.(C/LES.O MUERTE)

La sentencia de primera instancia condenó a los demandados por daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito ocurrido el 22/05/2004, considerando la responsabilidad objetiva y la responsabilidad penal previa, y elevó las indemnizaciones a montos sustanciales.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa analizada comprende tres demandas acumuladas por daños y perjuicios, en relación con un accidente de tránsito en Chascomús, ocurrido el 22/05/2004, en el que fallecieron varias personas y resultaron heridas otras. La parte actora, en representación de varias víctimas, reclamó indemnizaciones por daños físicos, psíquicos, patrimoniales y morales, sustentando sus pedidos en la responsabilidad contractual, extracontractual y objetiva de los demandados, así como en la responsabilidad penal previa que condenó al conductor. La sentencia de primera instancia, tras valorar la prueba testimonial, documental, pericial y en sede penal, concluyó que los demandados son responsables en forma solidaria y en función de sus roles en el hecho, y condenó a pagar sumas elevadas en concepto de daños. Además, se aceptaron los rubros de daños morales, psicológicos y patrimoniales, ajustando los montos a valores actuales y a intereses. También se reconoció la responsabilidad de la aseguradora Liderar Compañía de Seguros S.A., en los límites del seguro contratado. Los planteos de inconstitucionalidad presentados por las partes fueron rechazados por extemporáneos. Se estableció la fecha de mora y la tasa de interés aplicable desde la ocurrencia del hecho, y se ordenaron las costas del proceso a cargo de los demandados y la citada en garantía. La sentencia fue apelada por los demandados, quienes cuestionaron la valoración de la prueba, los montos indemnizatorios y la responsabilidad atribuida, pero la Cámara confirma en todos sus términos y mantiene las condenas, ajustando los montos a valores actualizados y las tasas de interés conforme a la jurisprudencia vigente. La decisión respeta los principios de reparación integral y la responsabilidad objetiva en materia de transporte de pasajeros, fundamentando la responsabilidad en la condena penal firme y en la normativa aplicable. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: La sentencia analizó exhaustivamente la responsabilidad de cada demandado, basándose en la condena penal previa que acreditó la culpabilidad del conductor A.B. en la mecánica del siniestro, en la responsabilidad del propietario M.R.C. por ser titular del vehículo, y en la responsabilidad del contratista H.C. por su función en la organización del transporte. Se aplicó la responsabilidad objetiva prevista en el art. 184 del Código de Comercio y en la ley 24.240, por la naturaleza del servicio de transporte de pasajeros en condiciones de riesgo, y se consideró que la prueba testimonial, documental y pericial demostraba los extremos del daño y la relación

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