CANTEROS ENZO GABRIEL Y OTRO/A C/ PIÑEIRO FRANCO DANIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Lomas de Zamora confirmó la concesión de los recursos de apelación interpuestos en un proceso por daños y perjuicios en causa por lesiones o muerte en accidente automovilístico. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la correcta sustanciación y la posibilidad de acreditar el pago de tasas y honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Enzo Gabriel Canteros y otro, contra Franco Daniel Piñeiro, en un expediente por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico que ocasionó lesiones o muerte, excluyendo el estado. La Cámara resolvió aceptar los recursos de apelación interpuestos por las partes y sus representantes, considerando que los mismos estaban fundados. En particular, se dispuso que los peticionantes puedan optar por depositar las sumas acordadas en favor de la actora, incluyendo honorarios, en las cuentas particulares de los letrados, mediador y peritos, acreditando en autos los pagos mediante las correspondientes cartas de pago, boletas de depósito, comprobantes de pago de aportes y tasa y sobretasa de justicia. La decisión también dispuso ampliar el auto a fs. 210 en el sentido de que, en caso de considerarlo, los peticionantes puedan hacer los depósitos respectivos. Además, se concedieron los recursos de apelación respecto de los letrados, mediador y peritos. La resolución enfatiza que, debido a la imposibilidad de vincular las boletas con los tickets de pago y la falta de comprobantes con código QR o código numérico, se consideró cumplida la tasa y sobretasa de justicia solo cuando los pagos estén acreditados en forma fehaciente. La fundamentación principal radica en garantizar el cumplimiento de los requisitos formales y la correcta acreditación de pagos para evitar nulidades o impugnaciones posteriores.
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