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G., M. c/ O.S.D.I.P.P s/PRESTACIONES MEDICAS

La actora promovió acción de amparo contra la obra social por la cobertura de acompañamiento terapéutico de su hijo con discapacidad. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que ordenó a la obra social brindar la cobertura integral solicitada.

Discapacidad Proteccion de menores Cosa juzgada Acompanamiento terapeutico Cobertura de obra social


¿Quién es el actor?

Sra. G. A. D., en representación de su hijo M. G.

¿A quién se demanda?

Obra Social para el Personal de Dirección de la Industria Privada del Petróleo (OSDIPP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura integral del acompañamiento terapéutico (8 horas diarias) para el hijo de la actora, quien tiene discapacidad (Síndrome de Down y Retardo en el desarrollo).

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la excepción de cosa juzgada opuesta por la demandada y confirmó la sentencia que ordenó a OSDIPP brindar la cobertura integral solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Existe una protección especial para las personas con discapacidad y los niños, reconocida en tratados internacionales y leyes nacionales.
- Si bien anteriormente se había ordenado la cobertura de 8 horas diarias de acompañamiento terapéutico, las circunstancias se modificaron y la actora no puede afrontar la diferencia del costo, lo que pone en riesgo la efectiva prestación.
- La limitación de la cobertura a un módulo de apoyo a la integración escolar resulta irrazonable, ya que debe garantizarse la posibilidad de cumplir en forma efectiva con el servicio que el afiliado requiere.

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