Incidente Nº 1 - EJECUTANTE/S: FONDO DE GARANTIAS BUENOS AIRES Y OTROS DEMANDADO: AGUA VA SA s/INCIDENTE DE APELACION
Acreedora apela decisión del juez de primera instancia sobre la subasta de inmueble de fallida sin maquinarias. La Cámara declara mal concedido el recurso por improcedente.
Actor: Sra. Silvia Lepore, acreedora verificada en la quiebra de Agua Va SA Demandado: N/A Objeto: Apelación de decisión del juez de primera instancia que dispuso continuar con la subasta del inmueble de la fallida sin los bienes muebles (maquinarias) que se encuentren dentro. Decisión: La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la acreedora, considerando que es el síndico quien representa los intereses de los acreedores en la quiebra, por lo que resulta improcedente que un acreedor individualmente efectúe planteos sobre la forma en que se dispondrá la liquidación de un bien de la quiebra.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El síndico representa los intereses de los acreedores en conjunto y el interés general del proceso de liquidación (Fallos: 321:2745).
- La Ley de Concursos y Quiebras consagra la sustitución de los acreedores individualmente considerados por los órganos concursales, salvo en determinados supuestos (verificación de créditos, observaciones al informe general, etc.).
- Por lo tanto, es improcedente que un acreedor individual efectúe planteos sobre la forma en que se dispondrá la liquidación de un bien de la quiebra.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: