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LOMBARDI, GABRIELA VIVIANA c/ BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/ORDINARIO

La actora promovió demanda por daños derivados de fraude electrónico en su cuenta bancaria. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó al banco por incumplir sus deberes de seguridad.

Relacion de consumo Deber de seguridad Responsabilidad bancaria Autenticacion fuerte Fraude electronico Dano moral.

Daños y perjuicios por fraude electrónico en la cuenta bancaria de la actora

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda. La Cámara consideró que el banco incumplió sus deberes de seguridad al no verificar adecuadamente la identidad de la persona que accedió a la cuenta y solicitó un préstamo y transferencia de fondos. No se acreditó que el daño se debiera a un hecho de la víctima.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El banco tiene un deber de seguridad objetivo en las operaciones remotas, debiendo implementar medidas de autenticación robusta.
- No se acreditó que la actora hubiera entregado voluntariamente sus claves, y el ingreso de un tercero no es un hecho imprevisible si no se adoptan las medidas de seguridad adecuadas.
- El banco no probó haber implementado en este caso concreto las medidas de seguridad exigidas.

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