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CACERES LOVERA, HUGO c/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad psicológica derivada de un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y reconoció una incapacidad psicológica del 10% de la TO.

Actualizacion monetaria Incapacidad psicologica Accidente in itinere Capacidad residual Reacciones vivenciales anormales Ipc.


¿Quién es el actor?

Hugo Caceres Lovera

¿A quién se demanda?

OMINT Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por incapacidad psicológica derivada de accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y reconoció una incapacidad psicológica del 10% de la TO, además de la incapacidad física del 12% de la TO, totalizando una incapacidad del 24,64% de la TO. Fundamentos principales:
- La incapacidad psicológica fue oportunamente denunciada por el actor y surge acreditada de las constancias del expediente administrativo.
- La jurisprudencia aplicada por el juez de primera instancia para desestimar la incapacidad psicológica no se ajusta a las características del caso.
- Si bien el perito médico encuadró el padecimiento psiquiátrico en el Grado III, la Cámara consideró más adecuado enmarcarlo en el Grado II de las Reacciones Vivenciales, fijando la incapacidad psíquica en el 10% de la TO.
- La Cámara rechazó el planteo de la demandada sobre la aplicación del método de la capacidad residual.
- Respecto a la actualización, la Cámara aplicó el criterio del IPC más 3% de interés.

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