SANDOVAL, NATALI c/ RIOS, ALCIRA ROMINA s/DESPIDO
La actora apeló los accesorios del crédito y los honorarios regulados. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, aplicando una actualización de los créditos conforme al IPC más 3% anual sin capitalización, y fijando los honorarios de la representación letrada en 30 UMA.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la actualización de los créditos y los honorarios regulados.
Fundamentos principales:
- En relación a la actualización de los créditos, la Cámara consideró que la fijada en primera instancia era exigua, y resolvió aplicar el IPC más un interés puro del 3% anual sin capitalización, siguiendo los lineamientos del DNU 70/23 que, si bien carecía de engarce jurídico, reflejaba criterios razonables para la realidad económica, social e institucional.
- Respecto a la capitalización, la Cámara indicó que estaba desautorizada por la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- En cuanto a los honorarios, la Cámara consideró que, atendiendo a la extensión e importancia del trabajo realizado, el nuevo valor económico del litigio y las pautas arancelarias, correspondía fijarlos en 30 UMA.
- Las costas de alzada fueron impuestas en el orden causado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: