GUERRERO, HÉCTOR DANIEL S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
La sentencia restringió la capacidad jurídica de Héctor Daniel Guerrero en base a su diagnóstico de retraso mental moderado, estableciendo un sistema de apoyo judicial para la toma de decisiones en actos patrimoniales, de salud y administrativos. La decisión se fundamentó en la normativa vigente y en los informes periciales y socioambientales, priorizando la protección y autonomía del causante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El juez dictó una sentencia que restringe la capacidad jurídica de Héctor Daniel Guerrero debido a su diagnóstico de retraso mental moderado, en el marco de una causa de determinación de la capacidad. La resolución se fundamenta en los informes periciales, que evidencian que el causante puede desarrollar habilidades sociales mínimas y que requiere apoyos para decisiones importantes, con el fin de evitar perjuicios a su persona o bienes. La decisión se enmarca en la normativa vigente, incluyendo la Ley 26.657, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el nuevo Código Civil y Comercial, que promueven la plena inclusión y protección de personas con discapacidad. Se establece un sistema de apoyo judicial con facultades limitadas para promover la autonomía, con designación de apoyos y control judicial. La sentencia también ordena revisiones periódicas y la intervención de un equipo interdisciplinario para monitorear el cumplimiento. La fundamentación destaca que la restricción no se basa únicamente en la discapacidad, sino en la evaluación de las capacidades concretas del causante, y que el sistema de apoyo busca facilitar su participación plena en la toma de decisiones.
FUNDAMENTOS PRINCIPALES:
"Atento a que el pasado 1 de agosto de 2015 entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, siendo éste el derecho de fondo aplicable en la especie. Ello, conforme a las reglas contenidas en su Art. 7 y en consideración a que, tal como tiene dicho el Máximo Tribunal Provincial, las sentencias deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión."
"El código fondal completa la labor iniciada por la ley de salud mental en pro de la plena inclusión de las personas con capacidades diferentes, en resguardo de sus derechos y la atención a sus necesidades."
"De la apreciación del material probatorio agregado en autos en su conjunto
- informe psicológico / psiquiátrico, socio
- ambiental y de la entrevista de contacto personal con Hector -, puede extraerse el diagnóstico del mismo y que, por dicha dolencia, el ejercicio de su plena capacidad puede generar un perjuicio a su persona o a sus bienes."
"Que, en virtud de lo antes dicho y atento al principio garantista que campea en la nueva legislación, en razón de la cual el supuesto de capacidad restringida no puede acreditarse ni basarse exclusivamente en una característica de la persona (como una discapacidad intelectual o mental),
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