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N.N. O FELX ANGEL ESCALANTE S/ INTERNACION

El expediente fue declarado extinto y archivado por inactividad procesal. La decisión fue fundamentada en la falta de movimientos y denuncias recientes, en concordancia con la normativa vigente, concluyendo en el cierre del proceso y su remisión al archivo departamental.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal, ante la inactividad en el expediente desde agosto de 1999 y la ausencia de nuevas denuncias relacionadas con la internación del causante, resolvió declarar la extinción del proceso. La decisión se fundamenta en que no existen motivos para mantener abierta la causa, en cumplimiento con las normativas aplicables, incluyendo las resoluciones 480/20 y 535/20 de la SCBA y el artículo 11 del Reglamento para la notificación por medios electrónicos. El expediente será remitido al Archivo Departamental en carácter de archivado, en el marco de la conservación prolongada prevista en los arts. 75 y 116 de la Ac. 3397/08. La resolución es clara en que no hay posición adversa ni partes involucradas que puedan apelar.

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