BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A. C/ CAZADOR CARLOS ADALBERTO S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
La sentencia registra la admisión de una presentación de la parte actora en un proceso por acción de secuestro. La resolución confirma la ingreso formal de la demanda y ordena notificaciones electrónicas, sin resolver aún sobre el fondo del asunto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A., demanda a Cazador Carlos Adalberto en una acción de secuestro basada en el artículo 39 de la Ley 12962. La resolución del juzgado consiste en aceptar la presentación de la demanda, constituir domicilio legal, y ordenar la comunicación del planteo de recusación sin causa, remitida a la Receptoría General de Expedientes Departamental. La decisión principal implica la admisión formal de la presentación, sin resolución sobre las cuestiones de fondo ni pronunciamiento respecto a la procedencia de la acción. La resolución se fundamenta en la normativa vigente y en el procedimiento, señalando que "Téngase al peticionante por presentado, con domicilio legal constituido (físico y electrónico)", y que "hágase saber que el número de Receptoría correspondiente a las presentes actuaciones es ZC-12927-2025". No existen votos en disidencia ni decisiones sobre el fondo del proceso en este extracto.
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