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ANTONUK MARTA ELENA c/ ANSES s/RENTA VITALICIA

La actora reclama la movilidad de su renta vitalicia previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma parcialmente la sentencia y establece la aplicación de la movilidad prevista por la jurisprudencia del caso Badaro y la Ley 26.417.

Movilidad Renta vitalicia previsional Caso badaro Costas. Ley 26.417 Ley 26.425


¿Quién es el actor?

Marta Elena Antonuk

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por falta de movilidad de la renta vitalicia previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Establece que corresponde aplicar la movilidad prevista en el precedente "Badaro" y la Ley 26.417 a la renta vitalicia de la actora, a fin de garantizar la integridad y el carácter irrenunciable de los beneficios previsionales. Fundamentos principales:
- El art. 5 de la Ley 26.425 establece que las rentas vitalicias no tienen movilidad, sino un ajuste según pautas técnicas de cada compañía aseguradora. Esto vulnera los principios de solidaridad y subsidiaridad que rigen el sistema previsional.
- Corresponde aplicar la movilidad prevista en "Badaro" y la Ley 26.417, dado que el excedente de rentabilidad de la renta vitalicia no alcanza a satisfacer esos parámetros.
- Se revoca la imposición de costas a la actora, imponiéndolas a la demandada vencida.

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