CARRETERAS CENTRALES DEARGENTINASA c/ DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD s/CONTRATO ADMINISTRATIVO
La Dirección Nacional de Vialidad apeló las providencias que intimaban el pago de honorarios e IVA a favor de letrados y una perito. La Cámara revocó dichas providencias, al considerar que la demandada se encuentra aún dentro de los plazos legales para efectuar el pago.
¿Quién es el actor?
CARRETERAS CENTRALES DE ARGENTINA S.A.
¿A quién se demanda?
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Contrato administrativo
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a los recursos de apelación interpuestos por la Dirección Nacional de Vialidad contra las providencias que intimaban el pago de honorarios e IVA, al considerar que la demandada aún se encuentra dentro de los plazos legales para efectuar el pago, de acuerdo a las normas aplicables (art. 22 Ley 23.982, art. 20 Ley 24.624 y art. 68 Ley 26.895). La Cámara señaló que el crédito por honorarios regulados el 17/03/2023 se tornó exigible recién el 26/04/2023, por lo que la intimación de pago efectuada no podía disponerse en el ejercicio financiero del año en curso. Además, la Corte Suprema de Justicia ha facultado al Estado a diferir por única vez el pago de la condena cuando se agote la partida presupuestaria.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: