.................... S/ HOMICIDIO CULPOSO (E)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Lomas de Zamora confirmó la condena de 2 años de prisión condicional y 5 años de inhabilitación para Marchi por homicidio culposo agravado en un accidente de tránsito, rechazando los agravios de la defensa y confirmando la valoración de las pruebas y fundamentos de la sentencia de grado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por la Fiscalía contra Marcos Damián Marchi, quien fue condenado en primera instancia a 2 años de prisión condicional y 5 años de inhabilitación por homicidio culposo agravado por conducción imprudente. La Cámara de Apelaciones declaró admisible el recurso y, tras analizar los agravios, confirmó la sentencia de grado. El tribunal destacó que la prueba recopilada, incluyendo las declaraciones de testigos, informes de inspección ocular y pericia accidentológica, respaldan la conclusión de que Marchi realizó una maniobra imprudente al ingresar en la rotonda sin control adecuado, lo que provocó el fallecimiento de la víctima. La defensa argumentó que no existía prueba de maniobra imprudente ni incumplimiento de reglamentos, y que la accidentología no demostraba que Marchi hubiera ido en exceso de velocidad o con imprudencia. Sin embargo, el tribunal resaltó que la pericia y las evidencias concretas acreditan que el conductor no controló el vehículo en la rotonda, incumpliendo el deber de cuidado exigido por ley, en especial por la falta de iluminación y señalización en la zona, que agravaba el riesgo. La Cámara también rechazó la aplicación del instituto de la pena natural, considerando que la pena impuesta no resulta desproporcionada y que no se comprobó el grave daño psíquico alegado por la defensa que justifique la exención de pena. En consecuencia, se confirmó la condena y las obligaciones accesorias, incluyendo la asistencia a un curso de manejo responsable.
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